9 junio, 2008
La semana pasada, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley un proyecto que establece penas de prisión para delitos informáticos como la publicación de pornografía infantil a través de internet y la violación de correos electrónicos.
La modificación de la norma, aprobada por Diputados en noviembre de 2006, ya había recibido el visto bueno del Senado, y fue votada por unanimidad con 186 votos a favor.
La nueva ley incluye a las comunicaciones web como un medio factible para cometer delitos contra la integridad sexual y la privacidad de las personas, y establece penas de prisión de quince días a seis meses a quien abra, acceda indebidamente o intercepte una comunicación electrónica, una carta o un pliego cerrado que no le esté dirigido.
Por otro lado, la norma dispone penas de seis meses a cuatro años de cárcel para quien publique imágenes pornográficas de menores de 18 años y castiga con entre un mes y dos años de prisión a quien las posea con fines inequívocos de distribución o comercialización.
Según trascendió en un medio local, la ley llega para ampliar el concepto de documento, con el fin de que los jueces no tengan problemas de interpretación, y también fija multas de entre 1.500 y 100.000 pesos para los casos de publicación indebida de una correspondencia, una comunicación electrónica, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza.