7 diciembre, 2012
El jueves 6, un día antes del denominado “7D”, la sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal decidió prorrogar la medida cautelar pedida hace tres años por el Grupo Clarín hasta que haya una “sentencia definitiva en la causa”. Esa cautelar protege al multimedios del artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que obliga a desinvertir a los multimedios que excedan el tope de licencias.
La decisión fue efectuada por los camaristas María Susana Najurieta y Francisco de las Carreras, éste último denunciado por el Gobierno por supuesta vinculación con Clarín. De acuerdo con el fallo, el Grupo tiene “en suspenso tanto su obligación de desinvertir según las disposiciones de la ley 26.522” como “el curso del plazo de un año que la norma estableció”.
“En el momento actual la parte actora (Clarín) no tiene la obligación de adecuar su conducta al artículo 161 de la ley 26.522 ni a los plazos previstos en las normas reglamentarias ni complementarias dictadas o que se dicten en consecuencia, por cuanto, precisamente, la aplicación de esta norma está impugnada por inconstitucional y sus efectos han sido suspendidos por la traba de la medida cautelar en tres instancias jurisdiccionales, incluida la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, indicaron los camaristas.