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El registro de dominios de Internet se publicará en el Boletín Oficial


La resolución 19 de la Secretaría Legal y Técnica de la Nación, publicada este lunes en el Boletín Oficial, establece que a partir de ahora la publicación oficial de la República tendrá una nueva sección dedicada sólo para el registro de dominios de Internet.

El contenido de la llamada “Cuarta sección. Registro de Dominios de Internet”, estará compuesto por los avisos de registro de los dominios de Internet que elabore la Dirección Nacional de Registro de Dominios de Internet (Nic.ar). Asimismo, el acceso a la edición diaria de esta sección será libre y gratuito a través del sitio del Boletín Oficial, mientras que su edición en papel tendrá un valor de 5 pesos y la suscripción anual a la publicación será de 1.140 pesos.

En cuanto a la resolución 20, publicada también en el Boletín de hoy, se establece el reglamento para el registro y administración de dominios en el país. El escrito indica, entre otros puntos, que NIC argentina rechazará aquellos dominios que considere “agraviantes, discriminatorios o contrarios a la ley, a la moral o a las buenas costumbres”, o que puedan prestarse a la confusión, engaño o a la suplantación de instituciones, organismos o dependencias gubernamentales nacionales o internacionales. También se podrá inhabilitar a un titular y su dominio cuando se perjudique a un tercero.

Se establece además un año de validez para el registro de nombre de dominio, el cual podrá renovarse a su vencimiento. Cumplida esa fecha, el titular contará con un periodo de gracia de 30 días, donde mantendrá la dirección en su poder, pero no con la disponibilidad del servicio. La cantidad mínima de caracteres para registrar un dominio es de cuatro, quedando a criterio de NIC Argentina la autorización de dominios más cortos, excepción que deberá contar con su debido fundamento.

Fuentes: Telam, LaNación.com

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