28 septiembre, 2018
A partir de ahora, Celulares, computadoras portátiles y tablets podrán ingresar al país sin ser declarados en la Aduana y no se cobrará a los pasajeros el impuesto del 50% del valor del producto que regía hasta el momento. La nueva medida fue confirmada en la resolución general 4315 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada en el Boletín Oficial.
Así, los dispositivos tecnológicos incluidos en la normativa serán considerados “de uso o consumo personal”, aunque solo se podrá ingresar un artículo de cada una de esas categorías. Asimismo, en caso de traer más de uno, podrá ser un celular y una notebook o un celular y una Tablet.
“En virtud de lo expuesto y teniendo en consideración las necesidades de globalización y de la era digital, resulta necesario actualizar el alcance del concepto ‘efectos de uso o consumo personal’, sus modificatorias y sus complementarias, con el objeto de incorporar aquellos efectos tecnológicos de uso común por viajeros como incidencia de viaje”, explica la resolución.
Vale aclarar que, en el caso de las PC, la resolución se refiere a unidades “que no requieran para su funcionamiento una fuente exterior de energía”. Si bien la explicación es vaga, sugiere que quedan afuera las computadoras de escritorio.
La AFIP subrayó además que los equipos que el usuario lleve consigo en un viaje deberán ser declarados, tal como se realizaba hasta ahora, ya que esto permitirá diferenciar los equipos nuevos adquiridos en el exterior, de lo que ya eran propiedad del pasajero.