11 octubre, 2009
Luego de semanas de debates en todos los ámbitos, la Ley de Medios, que enfrenta al Gobierno con el Grupo Clarín, fue promulgada en la madrugada de ayer. El debate final duró 16 horas. Los puntos principales de la ley promulgada, según nos resume el “gran diario argentino” :
– Se divide en tercios el espacio radioeléctrico (para medios estatales, privados y organizaciones sin fines de lucro) y fija límites en cuanto a la multiplicidad de las licencias. No permite a una sola empresa ocupar más del 35% del mercado ni que un licenciatario de televisión por cable posea una señal de TV abierta, o viceversa.
– El texto obliga a las empresas a desprenderse de las licencias que, obtenidas legalmente, no se encuadren en la nueva norma. El plazo comenzará a regir desde que la autoridad de aplicación “establezca los mecanismos de transición”, según el artículo 161.
– El directorio de la autoridad de aplicación estará compuesto por dos representantes del Poder Ejecutivo (uno será el presidente), dos del Consejo Federal y tres del Congreso, uno por la mayoría o primera minoría, otro por la segunda y otro por la tercera. Todos deberán contar con el aval del Ejecutivo. El oficialismo, de esta manera, se asegura la afinidad de cinco de los siete miembros. Los cargos durarán cuatro años, por lo que el primer directorio excederá en un tiempo considerable el mandato de Cristina Kirchner.
– Ese organismo también tendrá la facultad para autorizar las transferencias de las licencias y elaborará un registro de accionistas, mientras que el Poder Ejecutivo se reservará la adjudicación directa -previo concurso, según el artículo 32- de las licencias con mayor alcance a 50 kilómetros o en las ciudades de más de 500.000 habitantes.
– La ley establece “pautas” respecto de los contenidos, por caso un mínimo de 70% de producción nacional para las radios y 60% para la TV abierta, y prevé un régimen de sanciones, desde el “llamado de atención” hasta la caducidad de la licencia, por faltas que van desde “incumplimientos técnicos” hasta “actos atentatorios contra el orden constitucional o utilización de los servicios de comunicación audiovisual para incentivar(los)”.
– Los licenciatarios deberán informar por Internet la pauta oficial nacional, provincial o municipal que reciban. Una vez reglamentada la ley, aparece como primer paso la conformación del Consejo Federal y luego la autoridad de aplicación.