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Cablevisión, Fibertel, la Ley de Medios y TV Digital, bajo la mirada del experto


El 7 de diciembre próximo, finalizará la medida cautelar pedida en 2009 por el Grupo Clarín para evitar desprenderse de varias de sus empresas en base a lo exigido por la Ley de Servicios Audiovisuales. RedUSERS consultó a Ricardo Porto, abogado especialista en Derecho de las Telecomunicaciones, para que nos brinde un panorama sobre Cablevisión, Fibertel y el estado de la TV Digital.

Se trata de uno de los profesionales que más sabe sobre regulación de los medios de comunicación y actualmente es Secretario de la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión del Senado de la Nación. Participará como orador del Curso de Desarrollo Profesional – Las nueva plataformas de contenidos audiovisuales, organizado por AFCEA.

La Ley no permite que un cableoperador tenga una señal de aire, ¿Clarín deberá elegir si se queda con Canal Trece o si se queda con Cablevisión?

La Ley 26.522 impide ser propietario de un canal de TV abierto y de un canal de cable en una misma área geográfica. Por ello, el grupo Clarín deberá optar entre Canal Trece y Cablevisión en la ciudad de Buenos Aires y deberá hacer lo mismo en otras ciudades donde posea un canal de TV abierto y un canal de cable. Clarín y cualquier otro grupo que esté en esa situación.

Además los grupos de medios deberán respetar los restantes topes máximos de emisoras que fija la ley, que son 10 canales de TV y radios y 24 canales de cable, que la ley denomina servicios por suscripción.

¿El servicio de Internet deberá prestarlo la empresa que compre a Cablevisión?

En principio, hay que aclarar que Cablevisión presta dos servicios por la misma red: En primer lugar radiodifusión, es decir videocable y por otro lado, Internet, a través de la empresa Fibertel. Se trata de dos licencias diferentes. La de radiodifusión la otorgó el ex COMFER, la de Internet (que es un servicio de telecomunicaciones) la concedió la Secretaría de Comunicaciones.

Si se determina que Cablevisión debe ser vendido a un tercero, éste prestará el servicio de radiodifusión por suscripción. Si también se transfiere la licencia para brindar Internet, el comprador deberá realizar el trámite pertinente ante la Secretaría de Comunicaciones.

La Ley indica que un cableoperador no puede tener más del 35 por ciento del mercado. Si a Fibertel la compra un tercero,  ¿qué pasará con los usuarios?
La ley de medios también establece que un mismo grupo no puede tener más del 35% del mercado nacional. Si algún grupo supera ese tope deberá adecuarse a la ley.

Pero hay que aclarar que la ley se refiere solo a los servicios de comunicación audiovisual; es decir a la radio, la TV y los cables. La Ley 26..522 no regula Internet. En ese ámbito, no hay límites para que una empresa tenga un determinado porcentaje de mercado en Internet. Si Fibertel es operada por otra empresa, en principio, los usuarios recibirían el servicio de esa nueva empresa.

 ¿Qué ocurrirá con Fibertel?
Más allá de las consecuencias que sufrirá Fibertel por la hipotética venta de Cablevisión, allí existe un inconveniente jurídico concreto, pues la licencia misma de Fibertel ha sido cuestionada por la Secretaría de Comunicaciones. Se ha decretado la caducidad de la misma y han intervenido varios juzgados que se han pronunciado de diversa forma sobre la legitimidad de esa medida.

Si el 7 de diciembre finaliza la cautelar, ¿qué plazos tendrá el Grupo Clarín para adecuarse a la Ley de Medios Audiovisuales?
Ese es un tema muy controvertido. En primer lugar hay que precisar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha pronunciado sobre una medida cautelar; no sobre el fondo del asunto. En su sentencia ha dicho que el 7 de diciembre cae la cautelar que favorecía al Grupo Clarín.

No obstante, hay diferentes opiniones sobre el verdadero alcance del fallo. Algunos afirman que para ese día el grupo Clarín debería haberse desprendido de las licencias que superen los topes legales. Para otros, el 7 de diciembre debería comenzar el proceso de desinversión.

Sin perjuicio de ello, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) ha creado la Comisión de Análisis y Seguimiento del artículo 161 y ha notificado a los grupos que poseerían más licencias que las permitidas, el comienzo del proceso de adecuación a la ley.

Aprovechando su experiencia en telecomunicaciones, ¿qué sucede con la TV Digital?
Lo último que ha sucedido en esta materia es la determinación de la AFSCA de suspender los concursos para adjudicar licencias para operar canales de TV digital. El alto costo de los pliegos, y, fundamentalmente, la dudosa rentabilidad del negocio hizo que se presentasen menos oferentes que los imaginados.

La AFSCA prometió volver a analizar el tema y reformular los pliegos teniendo en cuenta especialmente la situación de las emisoras sin fines de lucro.

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