27 mayo, 2010
A fin de evitar el empleo de las líneas telefónicas pre pago para actos delictivos, el Ministerio de Tranportes y Comunicaciones (MTC) acaba de señalar los plazos que tendrán las empresas operadoras para registrar los datos de los usuarios.
Según el Decreto Supremo 024-2010, publicado hoy en “El Peruano”, las compañías de telefonía tendrán plazo entre el 1 de julio y el 30 de agosto para subsanar las omisiones o datos erróneos consignados en sus registros. Para eso deberán enviar el siguiente mensaje de texto a sus clientes: “Registra a tu nombre la línea prepago que utilizas llamando al teléfono….”.
En caso el usuario no lo haga, su línea será parcialmente suspendida el 1 de setiembre de este año. Esto significa que solo podrá recibir llamadas y mensajes de texto y llamar a los servicios de emergencia.
La línea será desactivada totalmente si el usuario no se registra hasta el 1 de diciembre como plazo máximo. En este último caso la línea será dada de baja el 1 de marzo del próximo año.
El registro de usuarios debe consignar nombres completos, número de DNI y número teléfonico. La veracidad de los datos serán verificados con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
Si la compañía telefónica encuentra algunas irregularidades, deberá reportarlas al Ministerio del Interior y Osiptel.